Re: Re: Estancia de larga duración y trabajo

#10825
Mario
Superadministrador

    Sí­, ya se me habí­a pasado por la cabeza…
    Tengo entendido que al salir no puedes volver a entrar durante un periodo de tiempo si te has pasado de los tres meses del permiso de turista, pero lo que podrí­a funcionar es salir a los 2 meses y pico, y volver a entrar… aunque no estoy seguro.

    Posiblemente ellos ya hayan pensado en eso, imagino.
    La única posibilidad que barajo es la de entrar únicamente con el DNI (es decir, sin sellar pasaporte ni nada), y de esa forma no estarí­a registrada mi fecha de entrada (creo) con lo que siempre podrí­a decir si me preguntan que llegué el otro dí­a…
    ¿ Cómo lo véis ?

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